Ética y transparencia de BioBioChile
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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
La Corte Suprema confirmó un fallo de la Corte de Apelaciones de Copiapó que dictaminó que dejar una sesión abierta en un computador institucional podría permitir el acceso de terceros a la cuenta. Este caso surgió cuando un funcionario de Carabineros denunció que una colega accedió a su cuenta de WhatsApp en un computador compartido. Marcelo Drago, expresidente del Consejo para la Transparencia, señaló que este fallo no implica una autorización tácita para revisar la información de otros. Además, mencionó la nueva ley de protección de datos personales que entrará en vigor en diciembre del próximo año.
Han surgido múltiples dudas luego de que la Corte Suprema confirmara un llamativo fallo de la Corte de Apelaciones de Copiapó, que estableció que dejar una sesión abierta en un computador institucional permitiría -tácitamente- el acceso de terceros a la cuenta.
Cabe mencionar que esta situación se da luego de que un funcionario de Carabineros acudiera a la Justicia,
acusando que una colega accedió a su cuenta de WhatsApp, a través de un computador que compartían, e imprimió algunas de sus conversaciones y se las mostró un superior.
Frente a este escenario, en el Expreso Bío Bío conversamos con Marcelo Drago, expresidente del Consejo para la Transparencia y presidente de la Asociación Chilena de Profesionales de la Protección de Datos, quien aseguró que “si yo dejo una carta física con el sobre abierto en un mesón, no significa que cualquiera pueda leerla”.
En ese sentido, apuntó a que “en este fallo, que no conocemos bien, en detalle, quizás hay otros elementos que fueron considerados”.
Pero, según los datos que ha recogido la prensa, sobre que se daría autorización tácita por parte del usuario, de la persona que dejo abierta esta sesión, para que otros revisen su mensajería, Drago sostuvo que esto no es posible”.
Además, señaló que “en Chile se aprobó y se publicó en el Diario Oficial una nueva ley de protección de datos personas, que entra en vigencia el primero de diciembre del próximo año, e implica un cambio bien radical de cómo entendemos el uso de la información de las personas”.
¿Hay chipe libre si me descuido?
Por otra parte, el expresidente del CPLT llevó la lógica del fallo a otro ejemplo: “Si yo me descuidé y entregué mi clave libremente de una plataforma de internet, de Google, o de la clave única, y si la otra persona la utilizó indebidamente, significa que está exenta de cualquier delito (…) ¿Puede hacer lo que quiera con ella?”, se preguntó.
De esta manera, comentó que, “probablemente, este fallo esté en un contexto disciplinario. A ese carabinero, seguramente, le impulsaron algún sumario por otras razones, seguramente había alguna infracción de otro tipo”.
Sin embargo, aseguró que, aunque “la persona haya sido descuidada, no cabe duda que fue descuidada, que no protegió su información y sus cuentas, (pero) no autoriza a otras a utilizarla de la forma que quiera. No da chipe libre para que se haga lo que se quiera”.
En la misma línea, Drago sostuvo que “este fallo es bien equívoco. Y creo que las personas que los están viendo no tienen que imaginar que tienen chipe libre para utilizar la información de alguien, si es que acceden a ello porque hubo un descuido de esa persona”.
“La información de las personas sólo se puede utilizar bajo su propio consentimiento o por otra causal legal”, agregó.